Perder el empleo es un golpe económico y emocional. Si además sientes que te despidieron sin una razón justa, es normal tener muchas preguntas. Este artículo explica, en términos generales, qué es el despido arbitrario en el régimen laboral privado, cómo se calcula la indemnización y qué pasos conviene dar de inmediato.
Qué es un despido arbitrario
En el régimen laboral privado, para despedir a un trabajador que ya superó el periodo de prueba, el empleador debe tener una causa justa relacionada con tu capacidad o tu conducta, y seguir el procedimiento que establece la ley (por ejemplo, entregar una carta de preaviso o de imputación de cargos y darte la oportunidad de defenderte). Si te despiden sin causa justa o sin respetar ese procedimiento, el despido puede ser arbitrario.
El periodo de prueba
El periodo de prueba en el régimen general dura tres meses (en cargos de confianza puede ser de seis y en cargos de dirección, de un año). Durante ese periodo la protección frente al despido es distinta: la indemnización por despido arbitrario se aplica después de superarlo.
Cuánto es la indemnización
Para trabajadores con contrato a plazo indeterminado, la indemnización equivale a una remuneración y media (1.5) por cada año completo de servicios, con un máximo de 12 remuneraciones. Las fracciones de año se pagan por dozavos y treintavos.
Ejemplo: sueldo de S/ 2,000 y 3 años y 4 meses de servicios:
- Por 3 años completos: 1.5 × 2,000 × 3 = S/ 9,000.
- Por 4 meses: (1.5 × 2,000) ÷ 12 × 4 = S/ 1,000.
- Indemnización: S/ 10,000.
Para trabajadores con contrato a plazo fijo, la indemnización se calcula de otra forma (una remuneración y media por cada mes que falta hasta el vencimiento, con un tope de 12). En la pequeña y microempresa, las cifras son distintas.
Además de la indemnización, debes recibir tu liquidación
Independientemente de la causa del cese, el empleador debe pagar tus beneficios sociales pendientes dentro de las 48 horas posteriores: CTS trunca, vacaciones truncas, gratificación trunca y la bonificación extraordinaria, además de sueldos adeudados. Estímalos en la calculadora de liquidación.
Qué hacer si te despiden
- Mantén la calma y no firmes nada sin leerlo. Si te presentan una «renuncia voluntaria» o una liquidación para firmar y no estás de acuerdo, puedes firmar indicando tu disconformidad o pedir tiempo para revisarla.
- Pide por escrito el motivo del despido y guarda la carta de despido o preaviso.
- Reúne pruebas: contrato, boletas de pago, mensajes, correos, constancias, evaluaciones, horarios y cualquier documento que muestre tu desempeño.
- Anota fechas y testigos de lo ocurrido.
- Calcula lo que te deben (liquidación e indemnización).
- Busca orientación: SUNAFIL y el Ministerio de Trabajo brindan información y atienden denuncias; también puedes consultar con un abogado laboral o con el consultorio jurídico de alguna universidad.
Plazos importantes
Las acciones judiciales por despido tienen plazos de caducidad cortos. Por eso no conviene esperar: consulta cuanto antes con un profesional para conocer cuánto tiempo tienes en tu caso.
Otros tipos de despido
- Despido nulo: cuando el motivo es discriminatorio, por afiliación sindical, embarazo, presentación de una queja, etc. Puede dar lugar a reposición.
- Despido incausado o fraudulento: sin expresión de causa o con acusaciones falsas; la ley y la jurisprudencia permiten, en ciertos casos, pedir reposición.
Y si trabajas en el Estado
Si trabajas bajo el régimen CAS u otro régimen público, las causas de extinción del vínculo y las vías de reclamo se rigen por normas propias. Consulta tu régimen y busca orientación especializada.
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Contenido informativo y general, no es asesoría legal. Cada caso es distinto: consulta con un abogado laboral o con SUNAFIL.
Última revisión de este artículo: 04/10/2026. Equipo Buscochambita.
Foto: Clarisse Meyer en Unsplash