Cómo calcular tu CTS y cuándo se deposita (con ejemplo)

La Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) es un beneficio social que tu empleador debe depositar en una cuenta a tu nombre, como un ahorro para cubrir una eventual pérdida del empleo. En el régimen laboral general, se calcula y se deposita cada seis meses. Muchas personas tienen dudas sobre cuánto les toca y cuándo, así que aquí lo explicamos paso a paso.

Cuándo se deposita

La CTS se deposita dos veces al año, hasta estas fechas límite:

  • 15 de mayo: corresponde al semestre de noviembre a abril.
  • 15 de noviembre: corresponde al semestre de mayo a octubre.

El empleador deposita en la entidad financiera que tú elijas (banco, caja municipal u otra autorizada). Si no la eliges, el empleador puede escoger una. Si el depósito se retrasa, tienes derecho a reclamar.

Quiénes tienen derecho

En el régimen general de la actividad privada, tienen derecho los trabajadores con jornada de al menos cuatro horas diarias y que hayan cumplido como mínimo un mes completo de servicios en el periodo. Los regímenes especiales (por ejemplo, la micro y pequeña empresa, o el sector público) tienen reglas distintas. Si no sabes cuál te corresponde, revisa tu contrato o consulta con tu área de recursos humanos.

Cómo se calcula

El cálculo parte de la remuneración computable:

  1. Remuneración básica: tu sueldo mensual más la asignación familiar, si la recibes.
  2. Más 1/6 de la última gratificación que recibiste (sin contar la bonificación extraordinaria).
  3. Más promedios de pagos variables habituales, como comisiones u horas extras, si los hay.

Con la remuneración computable:

  • Por cada mes completo del semestre: remuneración computable ÷ 12.
  • Por cada día adicional: remuneración computable ÷ 360.

Ejemplo paso a paso

Imagina una trabajadora del régimen general con sueldo de S/ 2,500, sin asignación familiar ni pagos variables, que trabajó todo el semestre (6 meses):

  1. Última gratificación: S/ 2,500 (un sueldo). Su sexta parte: 2,500 ÷ 6 = S/ 416.67.
  2. Remuneración computable: 2,500 + 416.67 = S/ 2,916.67.
  3. CTS por 6 meses: 2,916.67 ÷ 12 × 6 = S/ 1,458.33.

Ese sería el depósito del semestre. Si hubiera trabajado 4 meses y 10 días: (2,916.67 ÷ 12 × 4) + (2,916.67 ÷ 360 × 10) = 972.22 + 81.02 = S/ 1,053.24.

Haz tu propio cálculo en la calculadora de CTS.

Qué puedes hacer con tu CTS

La CTS está pensada como un fondo de protección ante la pérdida del empleo. Las reglas sobre cuánto puedes retirar mientras sigues trabajando han cambiado varias veces mediante normas temporales y extraordinarias. Por eso, antes de decidir, consulta el porcentaje de libre disponibilidad vigente con tu entidad financiera o en la página de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (sbs.gob.pe).

Si cesas en tu trabajo

Cuando termina la relación laboral, el empleador debe entregarte la constancia de depósito y, si corresponde, la CTS trunca (la parte proporcional del semestre en curso) dentro de las 48 horas posteriores al cese, en la liquidación de beneficios sociales. Puedes estimar el total en la calculadora de liquidación.

Cómo verificar que te depositaron bien

  • Revisa tu estado de cuenta de CTS en la entidad donde te depositan.
  • Compara el monto con tu cálculo (usa tu boleta y tus gratificaciones recientes).
  • Si falta dinero o no se depositó, reclama primero a tu empleador por escrito.
  • Si no se resuelve, puedes acudir a la autoridad de trabajo (SUNAFIL) para que se verifique el cumplimiento.

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Contenido informativo, no es asesoría legal. Las reglas de retiro de la CTS han sido modificadas por normas temporales: confirma lo vigente.

Última revisión de este artículo: 04/10/2026. Equipo Buscochambita.

Foto: Recha Oktaviani en Unsplash